CONL, desde 1951.

Colegio de Oftalmología de Nuevo León, A.C.

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Derechos del Médico

1.- Ejercer su profesión en forma libre y sin presiones de cualquier naturaleza.

2.- Laborar en instalaciones apropiadas y seguras que garanticen su práctica profesional.

3.- Tener a su disposición los recursos que requiera su práctica profesional.

4.- Abstenerse de garantizar resultados en la atención médica.

5.- Recibir trato respetuoso por parte de los pacientes y sus familiares así como del personal relacionado con su trabajo profesional.

6.- Tener acceso a una educación médica continua y ser considerado en igualdad de oportunidades para su desarrollo profesional.

7.- Tener acceso a actividades de investigación y docencia en el campo de su profesión.

8.- Asociarse para promover sus intereses profesionales.

9.- Salvaguardar su prestigio profesional.

10.- Recibir remuneración por los servicios prestados.

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Preguntas Frecuentes

Solo los SOCIOS NUMERARIOS DEL CONL pueden asistir a las Sesiones Académicas.
Debera realizar los tramites mencionados en el apartado de MEMBRESIA. Siguiente enlace: Requisitos para Membresia
  • Los socios tienen derecho de asistir a la sesión académica mensual.
  • Se otorgan 5 puntos curriculares por año para su recertificación.
  • Tarifa preferencial en la inscripción al CURSO ANUAL CONL
  • Colegiados ante la Secretaría de Educación Pública del Estado de Nuevo León.